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mié 11-jun-2008 0:02
dejo un poco d informacion...
un amigo llamo a defensa del consumidor y le dijeron q no es necesario el comprobante fiscal para la devolcuion del dinero... segun ellos con la entrada alcanza
tambien llamo a ticketek depsues d haber leido el mensaje d q s autorizaba a la devolcuion del dinero d las entradas... pero le dijeorn q todavia no estaban autorizados a devolverla jaja... alguien ya intento?
sepan q x un lado devolver la plata les conviene... xq si s hacen las denuncias y s declaran q existieron tales infracciones q son las q nos kejamos pueden ser pacibles d multas... ademas d q tendrian q devolver la plata d igual manera
les dejo el articulo 40 d la Ley d Defensa del Consumidor q es el q habla d la responsabilidad...
Art. 40.Responsabilidad solidaria. Si el daño al consumidor resulta del vicio o defecto de la cosa o de la prestación del servicio responderá el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio. El transportista responderápor los daños ocasionados a la cosa con motivo o en ocasión del servicio.La responsabilidad es solidaria, sin perjuicio de las acciones de repetición quecorresponda. Sólo se liberará total o parcialmente quien demuestre que la causa del dañole ha sido ajena.
si llegan a hacer la denuncia demandan a TODOS... aunq tales no sean culpables (hablando vulgarmente) son responsables solidariamente... es decir... lo importante es q sea resarcido el damnificado... y todos responden x eso
x eso mismo si compraron la entrada x publicas si hacen la denuncia deberian poder obtener el dinero d los otros demandados...
creo q todo lo q puse es correcto... sino corrijanme!
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